Cómo funciona
Tres pasos, y el primero es gratis. No necesitas crear una cuenta ni darnos ningún dato bancario: solo el monto y la fecha.
Respondes ocho preguntas
Qué pasó, de cuánto fue y cuándo avisaste. Dos minutos, sin registro.
Te decimos cuánto y hasta cuándo
Con el monto y la fecha calculamos cuánto te corresponde según la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor y las reglas de contracargo de la marca, y el día exacto en que se le vence el plazo al emisor. Esto es gratis y es la parte que casi nadie sabe.
Te armamos los documentos
La carta al emisor, el reclamo ante el MEIC y las instrucciones de a quién enviar cada uno. Los firmas tú y los envías tú.
Lo que no hacemos
No te representamos, no hablamos con tu banco por ti, y no manejamos tu plata en ningún momento. Redactamos los documentos que a ti te corresponde presentar, con la norma correcta citada y los plazos bien calculados. Eso es todo — y es justamente lo que hace que la mayoría se rinda antes de intentarlo.
Por qué esto funciona
Porque la ley ya está de tu lado y casi nadie lo sabe. En Costa Rica, lo que corre en tu contra es el plazo para reclamar, no el del banco: por eso lo primero es dejar el reclamo presentado y con número. El emisor cuenta con que no lo sepas y con que aceptes el primer «no» del ejecutivo.
El emisor tiene 60 días para reclamar para dictaminar. Si no lo hace, el incumplimiento del plazo es en sí mismo la infracción que se reclama — y ahí tu caso se vuelve más fuerte, no más débil.